DELITOS SOCIETARIOS

Abogado delitos societarios

Desde 1995 nuestro sistema penal cuenta con delitos que protegen determinados derechos de los socios de toda sociedad de capital frente a la gestión realizada por los administradores (de hecho o de derecho). Se castigan los supuestos en los que se falsean las cuentas anuales de la sociedad, u otros documentos relevantes que deben reflejar la situación jurídica y económica de la empresa. También se protegen los derechos de los socios frente a la imposición de acuerdos abusivos en perjuicio de sus intereses económicos, pese a que el acuerdo se haya obtenido por una mayoría obtenida de forma lícita. Y, obviamente, se castigan también las conductas de la imposición (o aprovechamiento) de los acuerdos lesivos adoptados por una mayoría ficticia.

En la práctica cobra un gran protagonismo el delito de negación del ejercicio de los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social, o de suscripción preferente de acciones. En sociedades de capital en las que la gestión de la sociedad se pretende realizar al margen del control de los socios es donde este delito cobra más relevancia.

En todos estos delitos es de vital importancia poder conocer el contenido y alcance de los derechos que tienen los socios en el ámbito del derecho mercantil para poder delimitar si nos encontramos ante una conducta con relevancia penal o meramente  exigible ante la jurisdicción mercantil, y poder defender del mejor modo posible tanto los derechos de los socios, como el de los administradores frente a querellas infundadas.

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