ALZAMIENTO DE BIENES

Abogado alzamiento de bienes

Nuestro Código Penal protege desde hace tiempo a los acreedores frente a las conductas llevadas a cabo por sus deudores (sean personas físicas o jurídicas) con la finalidad de no atender al pago de sus obligaciones. Se castiga cualquier maniobra fraudulenta de ocultación o distracción de bienes propios realizada con la finalidad de dilatar, eludir o dificultar la satisfacción de obligaciones previas que origine una situación o estado de insolvencia, real o ficticia. Es el conjunto de delitos que tradicionalmente se conocían como alzamiento de bienes y ahora se designan con el nombre de frustración de la ejecución.

Un elemento importante para acreditar que se ha actuado con la finalidad de perjudicar los derechos de los acreedores es poder concluir que la operación no es razonable desde un punto de vista económico. Es por eso que es de vital importancia analizar la racionalidad económica de la operación, así como analizar el patrimonio del eventual responsable.

Tenemos una amplia y acreditada experiencia en la defensa procesal de este tipo de delitos, a lo que unimos que el director del despacho se ha especializado en los últimos años en la docencia sobre esta materia.

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